Una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) forma parte de las instituciones financieras, que operan bajo la autorización de las autoridades hacendarias de nuestro país, las cuales se encargan de administrar los fondos para el retiro de los trabajadores afiliados al IMSS y al ISSSTE.
Esta administración se realiza a través de cuentas personales de cada trabajador, en las que se depositan las aportaciones hechas a lo largo de su vida laboral.
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La autoridad encargada de regular y supervisar a las afores es la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), la cual tiene como funciones principales las siguientes:
- Vigila que los recursos de los trabajadores estén seguros.
- Supervisa que los fondos aportados sean invertidos de acuerdo con los parámetros y límites establecidos.
- Establece normas y reglas para el buen desempeño del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR).
- Se asegura que la AFORE informe de manera periódica a los trabajadores, todos los movimientos de la cuenta.
- Sanciona cualquier desapego a las normas realizadas por las AFORES.
Para elegir una AFORE debes de tomar en consideración tres aspectos:
- Rendimientos: Ganancia que te generan las inversiones de la AFORE.
- Comisión: Pago por el servicio de administración, resguardo e inversión de los recursos de tu cuenta de AFORE.
- Calidad de Servicio: Atención al público, la calidad de su información, su eficiencia en los diferentes trámites, y la cobertura y cercanía de sus sucursales, entre otros.
De acuerdo con la ley del Sistema de Ahorro para el Retiro, así como, lo dispuesto en la Ley del Seguro Social se indica que los retiros de la Afore solamente se podrán realizar en los siguientes casos:
- Por vejez: cuando hayas llegado a los 65 años y reunido al menos 500 semanas de cotización en el IMSS (Se entregan los saldos de SAR y Vivienda 92-97 y lo correspondiente a retiro de la subcuenta de RCV)
- Por cesantía en edad avanzada: cuando hayas llegado a los 60 años, no tengas un trabajo remunerado y hayas reunido al menos 500 semanas de cotización en el IMSS. (Se entregan los saldos de SAR y Vivienda 92-97 y lo correspondiente a retiro de la subcuenta de RCV)
- En caso de no cumplir con los requisitos que marca la Ley del Seguro Social y de recibir una negativa de pensión se te podrá entregar en su totalidad los fondos de tu Afore.
Así mismo, puedes realizar retiros parciales en los siguientes casos:
- Por ayuda para gastos de matrimonio.
- Por ayuda de desempleo.
- De tus aportaciones voluntarias.
Con la llegada de la pandemia muchas personas perdieron su trabajo, por lo que es una buena opción poder retirar dinero de la AFORE con esta modalidad.
Es importante tomar en consideración los siguientes requisitos para poder retirar dinero de la AFORE por desempleo:
- Que hayan pasado 46 días naturales de tu baja en el IMSS.
- Tener mínimo 3 años con tu cuenta individual y al menos 12 bimestres cotizados al IMSS.
- No haber realizado retiro por desempleo en los últimos 5 años.
Existen 2 modalidades en que se pueden retirar los recursos:
Retiro modalidad A: Si tu cuenta tiene al menos 3 años de apertura y tienen un mínimo de 12 bimestres de cotización al IMSS, se podrá otorgar un monto igual a 30 días del último salario base de cotización, con un límite de 10 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
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Retiro modalidad B: Si tu cuenta tiene 5 años o más de apertura, se podrá otorgar el monto que resulte menor entre 90 días del último salario base de cotización de las últimas 250 semanas o las que tuvieres, o 11.5% del saldo de la
Toma en cuenta que el retiro en esta modalidad impactara en el saldo de tu cuenta y en las semanas de cotización, sin embargo, es una buena opción para tener liquides en caso de desempleo.
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