De acuerdo con la Ley del impuesto especial sobre producción y servicios, es el gravamen que se debe de pagar por la fabricación y venta o importación de productos (gasolinas, alcohol, tabaco, entre otros) es el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS).
El Servicio de Administración Tributaria, señala en su página web que el IEPS es un impuesto indirecto, como el IVA, toda vez que, los contribuyentes no son quienes lo pagan, sino que son los clientes a quienes se les extiende el pago, es decir, es un sobrecosto al precio del producto.
Este impuesto se aplica a aquellos bienes cuyo consumo no es considerado esencial, sino que incluso calificaría como desaconsejable por motivos de salud.
Los productos que se encuentran gravados con el IEPS y quienes deberán pagar este impuesto quienes realicen la enajenación en territorio nacional o, en su caso, la importación de estos bienes al extranjero:
- Bebidas con contenido alcohólico y cerveza
- Tabacos, puros y cigarros
- Diésel y gasolinas
- Refrescos, bebidas hidratantes y rehidratantes
- Botanas
- Productos de confitería
- Chocolate y productos derivados del cacao
- Flanes y pudines
- Dulces producidos a partir de frutas y hortalizas
- Dulces de leche
- Cremas de cacahuate y avellanas
- Helados, nieves y paletas de hielo
- Alimentos preparados a base de cereales
Por lo que se refiere a los servicios gravados con IEPS, son aquellos relacionados con la enajenación de los productos antes citados:
- Por comisión.
- Mediación.
- Agencia.
- Representación.
- Correduría
- Consignación y distribución.
También:
- Apuestas y sorteos
- Telecomunicaciones
En términos de la Ley del IEPS, existen diferentes tasas para el pago del impuesto. Cada tasa depende del producto al que aplique, Ejemplo:
Bebidas alcohólicas: El porcentaje depende del grado de alcohol que contengan:
- Hasta 14 grados pagan un 26.5%.
- Los grados de entre 14 y 20 pagan 30%; y
- Superiores a 20 pagan 53%.
Alimentos con calorías: Aquellos productos con una densidad calórica de 275 kilocalorías o más. Por cada 100 gramos se paga 8%.
Bebidas saborizadas: Pagan 1.39 pesos por litro.
Gasolinas: Dependiendo del tipo de gasolina:
- La gasolina magna paga de 5.4917 pesos por litro.
- La gasolina premium paga 4.6375 pesos por litro.
- El diésel paga 6.0354 pesos por litro.
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Por último, es importante mencionar que, las personas que enajenen los siguientes productos, estarán exentas del IEPS:
- Aguamiel y derivados
- Comercializadores (no productores) de tabacos labrados, gasolinas y diésel, cerveza, bebidas refrescantes y puros.
- Bienes que se encuentran sujetos al régimen aduanero.
Cabe señalar que, de acuerdo con la normatividad que rige el IEPS el pago de dicho gravamen se ajusta cada cierto tiempo por causas como la inflación u otros aspectos.
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