¿Cuáles son los gastos deducibles para las personas físicas?

¿Cuáles son los gastos deducibles para las personas físicas?

Una de las preguntas que me hacen constantemente mis clientes es ¿Cuáles son los gastos que podemos deducir? Lo primero que tenemos que hacer es saber a qué le llamamos gastos deducibles, pues bien, son aquellos gastos que se han realizado en el mismo año en el que se recibió un ingreso sobre el cual se pagó un impuesto, y que se tiene derecho a presentar para que el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) disminuya.

Es importante saber que, existen requisitos a cumplir para que un gasto pueda ser considerado deducible, los cuales son:

  • Usar correctamente el CFDI.
  • No se puede exceder de los límites establecidos.
  • No podrás combinar conceptos en una misma factura.
  • Que el gasto haya sido devengado en el mismo período impositivo del que se trate.
  • Debe existir una factura de por medio que acredite el gasto.
  • Que sea demostrable que éste es necesario o indispensable para desarrollar una actividad económica o empresarial.

Uno de los gastos que pueden deducir las personas físicas son aquellos que conciernen a la salud, educación y otros en general. Incluye descendencia, ascendencia, esposa, cónyuge o concubina; siempre y cuando no perciban más de un salario mínimo anual.

Gastos concernientes a la salud:

  • Gastos médicos, dentales, de enfermeras y gastos hospitalarios, incluido el alquiler o compra de aparatos para rehabilitación, prótesis, análisis y estudios clínicos.
  • Honorarios por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición.
  • Medicinas que hayan sido incluidas en facturas de hospitales (no son deducibles comprobantes de farmacias).
  • Compra de lentes ópticos graduados hasta por $2,500 MXN siempre que se describan las características en el comprobante o se cuente con el diagnóstico de un oftalmólogo u optometrista.
  • Primas por seguros de gastos médicos.

Gastos concernientes a la educación:

  • Las colegiaturas en instituciones educativas privadas siempre y cuando cuenten con validez oficial de estudios. Aplica a partir de nivel preescolar y hasta bachillerato. Límites anuales de deducción.
    • Preescolar: $14,200 MXN
    • Primaria: $12,900 MXN
    • Secundaria: $19,900 MXN
    • Profesional técnico: $17,100 MXN
    • Bachillerato o su equivalente: $24,500 MXN
  • La inscripción, reinscripción, becas y apoyos no son deducibles.
  • Los gastos de transporte escolar son deducibles siempre y cuando éste sea obligatorio.

Otros gastos generales:

  • Facturas sobre gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos, con limite anual.
  • Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras, y siempre que el crédito otorgado no exceda de 750 mil unidades de inversión.
  • Donativos otorgados a instituciones (autorizadas para recibirlos).
  • Aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro (Afore).

Es importante recordar que existen otros gastos deducibles de acuerdo con el Régimen Fiscal al que perteneces. Adicionalmente puedes deducir aquellos gastos e inversiones que sean estrictamente indispensables para llevar a cabo tu actividad.

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Por Víctor Daniel Olvera Cartas

Soy un apasionado del saber. Soy doctor en Derecho. Y tengo las licenciaturas en Derecho, Contabilidad, Administrador de Empresas y Seguridad Publica. A cargo del despacho Daniel Olvera & Abogados.