El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el informe del presidente Andrés Manuel López Obrador por los Primeros 100 días del Tercer año de Gobierno, constituyó propaganda gubernamental personalizada.
Los magistrados determinaron regresar a la Sala Especializada el caso, para que analice las consecuencias jurídicas y medidas de no repetición a las que se hará acreedor el presidente en una nueva sentencia.
Hasta el momento, López Obrador acumula diversas denuncias ante las autoridades locales y federales por su intervención en los actuales comicios, la resolución del TEPJF es por un hecho previo a las campañas.
La sesión pública se realizó bajo el formato de videoconferencia, los magistrados tomaron esa decisión, al considerar que el evento sí constituyó propaganda gubernamental personalizada, en términos de lo dispuesto por el artículo 134 de la Constitución.
La difusión de dicho informe por los canales oficiales el pasado 30 de marzo, constituyó una violación al artículo 41 de la Constitución.
Esta difusión tuvo el objetivo de “persuadir a la sociedad de que el estilo de su gestión gubernamental resultaba loable, en una fecha en que ya había iniciado el proceso electoral en todo el país y se desarrollaban campañas en seis estados”.
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El 26 de marzo pasado, el PRD impugnó la realización del evento pues a su consideración se violarían diversos preceptos de la ley; sin embargo, no fue hasta el 10 de abril que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) admitió la queja e inició las indagatorias.