La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pospuso para el martes la continuación del debate sobre la prisión preventiva oficiosa.
Durante la sesión de este día, cinco de los ministros que dieron su posicionamiento, tres dijeron ir en contra del proyecto del ministro ponente Luis María Aguilar Morales.
El proyecto establece que la medida cautelar es contraria de los derechos humanos y de la presunción de inocencia. Además, fija que en caso de que se utilice, el Ministerio Público debe justificarlo.
Para que pase el proyecto son necesarios al menos 8 votos a favor de los 11 ministros.
Esta tarde, los ministros iniciaron la discusión de la acción de inconstitucionalidad 130/2019 y su acumulado 136/2019, que fue promovido por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y por los senadores.
En ambos casos se habla de la prisión preventiva oficiosa, la cual se establece en el artículo 19 de la Constitución y manda a la cárcel de forma automática a los acusados de algunos delitos durante su proceso.
El proyecto del ministro ponente Luis María Aguilar Morales declara invalido el artículo 19 de la Constitución que contempla esta medida cautelar, el 167 del Código Nacional de Procedimiento Penales y 5 de la Ley de Seguridad Nacional “por establecer la procedencia de la prisión preventiva de forma oficiosa, absoluta y desproporcionada y automática”.
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El ministro aclaró que su proyecto solo analiza la prisión preventiva oficiosa, por lo que no se estudia si la prisión preventiva es o no valida o necesaria.