Aprueba Cámara de Diputados de Oaxaca ley de amnistía a favor de mujeres presas

Aprueba Cámara de Diputados de Oaxaca ley de amnistía a favor de mujeres presas

En Oaxaca, el pleno de la legislatura local, con mayoría de Morena; aprobó la creación de una ley de amnistía para que todas las mujeres que se encuentran en prisión acusadas de delitos del fuero común, sean excarceladas.

La ley beneficiará principalmente a mujeres que se encuentra bajo proceso o fueron sentenciadas por cometer el delito de aborto o homicidio calificado en defensa propia; contra un agresor físico o sexual.

La presidenta de la Comisión de Administración de Justicia en la Legislatura Local, Eliza Zepeda, afirmó que la ley de amnistía, – única en el país- busca  hacer frente a las graves violaciones a los derechos humanos cometidas principalmente en contra de las mujeres.

Dijo que con esta nueva legislación, la cual consta de 11 artículos y tres transitorios; se establece que el recurso de amnistía será aplicable en favor de las personas que tengan el carácter de indiciadas, imputadas, procesadas o vinculadas a proceso; o se les haya dictado sentencia ante los tribunales del fuero común del Estado de Oaxaca.

Lo anterior siempre que no sea reincidente, respecto del delito por el que estén procesadas o sentenciadas, cometidas antes de la fecha de la entrada en vigor de esta ley.

La solicitud de amnistía será resuelta por la Comisión en un plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la presentación de la misma.

Transcurrido el tiempo, sin que se notifique su determinación, se considerará resuelto en sentido negativo y los interesados podrán interponer los medios de defensa que resulten aplicables.

Para que funcione la amnistía se ordena al gobierno estatal integrar una Comisión que coordine los actos para dar cumplimiento a la aplicación de este ordenamiento, en los casos que se considere que un hecho no encuadra dentro de los supuestos previstos.

Dicha comisión estará integrada por los titulares de las secretarías General de Gobierno, de las Mujeres de Oaxaca y  de Seguridad Pública, así como por la Fiscalía General del Estado y los congresistas que presidan las Comisiones Permanentes de Administración, de Administración y Procuración de Justicia y de Igualdad de Género del Congreso del Estado.

El instrumento jurídico podrá utilizarse por el delito de aborto o por delitos que busquen sancionar la comisión de la interrupción del embarazo; cuando se impute a la mujer que haya realizado el procedimiento, y a las y los médicos o parteras, familiares de la mujer; siempre que la conducta delictiva se haya llevado a cabo sin violencia y con el consentimiento de la mujer que haya interrumpido su embarazo.

Respecto al delito de homicidio; solo se otorgará el derecho de amnistía a mujeres que hayan sufrido violencia de género, lo hubiesen cometido contra su agresor y que durante el proceso hayan alegado legítima defensa.

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Se estima que en la cárcel hay bajo proceso o sentenciadas por aborto y por homicidio en defensa propia unas mil 49 mujeres en diversos penales; que con esta ley, tendrán que liberarlas y salir de prisión; libre de responsabilidad y con la recuperación inmediata de sus derechos civiles.