Lo que debes saber del reparto de utilidades

Lo que debes saber del reparto de utilidades

El reparto de utilidades es un derecho que se encuentra establecido en nuestra Carta Magna (Constitución) que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado.

Es obligación de todas las empresas repartir las utilidades a más tardar el 30 de mayo de cada año, siendo el caso para aquellos trabajadores que laboran para una empresa (persona moral), mientras que las personas que trabajan para un patrón (persona física), deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio.

Por estas fechas muchos se preguntan cuánto les corresponde de utilidades y la respuesta siempre es la misma, la forma en que se reparte es relativamente sencillo, existe una forma para determinar individualmente las utilidades para los trabajadores, la cual es la siguiente:

  1.  Los trabajadores participarán en las utilidades del patrón con un 10% de las utilidades netas de conformidad con la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas. Por otro lado, con la reforma de subcontratación de 2021, se estableció como límite máximo el promedio de las utilidades que el trabajador recibió los últimos tres años o tres meses de su salario, lo que resulte más favorable para el empleado.
  2. La utilidad neta se dividirá en dos partes iguales. Por lo que corresponde a la primera se repartirá en partes iguales entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.
  3. Se considera como salario la cantidad que perciba el trabajador en efectivo por cuota diaria. Cuando la retribución sea variable, se tomará como salario el promedio de las percepciones obtenidas en el año.

Es importante que tomes en consideración que no se incluyen en tu salario otros ingresos como tiempo extra, gratificaciones, primas o cualquier otro derivado de su trabajo.

En el caso de los trabajadores de confianza se tomará como salario tope, base del reparto de utilidades, el resultante de sumar 20% al salario del trabajador sindicalizado o de base de más alto salario, elevado al año.

Solo aplica el reparto de utilidades a los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de $300 mil pesos o más, según su declaración fiscal, y que tengan más de un año en funcionamiento.

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No aplica para trabajadores domésticos; directores, administradores y gerentes generales; profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado con el patrón.

Asimismo, se exenta de dicho reparto a empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento; al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia; a empresas cuyo capital sea menor al que fija la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, y a instituciones de asistencia privada que realicen acciones con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.

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Por Víctor Daniel Olvera Cartas

Soy un apasionado del saber. Soy doctor en Derecho. Y tengo las licenciaturas en Derecho, Contabilidad, Administrador de Empresas y Seguridad Publica. A cargo del despacho Daniel Olvera & Abogados.