Te has preguntado qué pasa cuando un familiar deja deudas pendientes, quiénes están obligados a saldarlas y cuánto tiempo tienes para cubrirla.
De acuerdo a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) en su revista Proteja su Dinero, “ninguna persona tiene la obligación legal de saldar las deudas de la persona fallecida, a menos de que sea el cónyuge de la persona fallecida o se encuentre establecida como albacea y se le nombró responsable de liquidar la deuda.”
Sin embargo, están obligados a pagar las deudas de un finado los obligados solidarios, o sea, quienes firmaron como aval o fiador o quienes cofirmaron la obligación.
También, podrí ser que en caso de que la herencia sea menos que el adeudo, los herederos no están obligados a aceptarla.
Cabe señalar que cada institución financiera tiene sus políticas de cobranza para estos sucesos.
Por ejemplo, en México las instituciones bancarias eliminan las deudas de tarjetas de crédito cuando su titular fallece. Esto pasa en el caso de las tarjetas bancarias, sin embargo esto no necesariamente ocurre con las departamentales.
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Los familiares no tienen la obligación de cubrir las deudas crediticias del difunto, pero sí de notificar en los siguientes 180 días el deceso del interesado para evitar cargos posteriores