La Secretaría de Energía (Sener) publicó este miércoles el acuerdo por el que, por órdenes de dos jueces federales, la reforma a la industria eléctrica que impulsó el presidente Andrés Manuel López Obrador queda suspendida de forma indefinida.
El aviso está dirigido a todos los participantes del mercado eléctrico mayorista, particulares que realizan alguna actividad en el sector eléctrico o que están en trámites para ingresar a dicho sector, así como a los sujetos que se ubican en el régimen transitorio de la Ley de la Industria Eléctrica que estaba vigente.
Unas horas antes de publicar el acuerdo en el Diario oficial de la Federación, se informó que la Sener había pedido una prórroga a los juzgados, y que uno de ellos le había concedido hasta tres días.
La Sener había pedido una prórroga a los juzgados, y uno de ellos le había concedido hasta tres días
El acuerdo, firmado por la secretaria de Energía Rocío Nahle, detalla que el Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República, al analizar la suspensión solicitada por las quejosas, resolvió conceder la medida cautelar del acto reclamado para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado que se encuentran.
Además, recuerda que las suspensiones definitivas en el juicio de amparo otorgadas por dicho juzgado, al que se han sumado docenas más de otro juez, tiene efectos generales, es decir, aplica para todo el mercado eléctrico y no sólo para las compañías y organizaciones que buscan ampararse.
La Sener indicó que, por órdenes de los juzgados, durante la vigencia de esta medida cautelar, se suspenden todos los efectos y consecuencias derivados del “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de marzo de 2021. Ahí habían quedado registradas las modificaciones del actual gobierno.
Además, se restablece provisionalmente la vigencia de los artículos 3°, 4°, 12, 26, 35, 53, 101, 108 y 126, así como el régimen transitorio que estaba previsto en la legislación en materia de industria eléctrica hasta antes de la entrada en vigor del Decreto cuestionado.
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“Es importante dejar en claro que la eficacia de esta medida cautelar no está sujeta a la publicación que se realice en el Diario Oficial de la Federación, ya que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 136 de la Ley de Amparo, ésta surte sus efectos desde el momento en que se dicta” concluye el documento.
Y es que, desde el viernes pasado y en los últimos días, tanto el juez Juan Pablo Gómez Fierro como Rodrigo de la Pezahan otorgado en conjunto 73 suspensiones definitivas contra la reforma a la industria eléctrica propuesta por López Obrador.