Investiga Cofece posible monopolio en avalúo de conformidad del mezcal

La Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) informó, en el Diario Oficial de la Federación del inicio de una investigación por denuncia por posibles prácticas monopólicas en el mercado de la evaluación de la conformidad del mezcal.

Explicó que la evaluación de la conformidad consiste en la determinación del grado de cumplimiento de las distintas normas que aseguran la calidad, características técnicas y/o de seguridad de los bienes y servicios que se comercializan en los mercados.

Detalló que en caso de que se identifiquen probables conductas anticompetitivas estas podrían reducir de forma significativa las opciones a las que pueden acudir los productores de mezcal para dar cumplimiento a las normas, incrementando sus costos y el precio que pagan los consumidores finales por esta bebida.

Oaxaca es el principal productor de esta bebida a nivel nacional en que participa con el 65% del Mercado

Según datos de la Secretaría de Economía federal,Oaxaca es el principal productor de esta bebida a nivel nacional en que participa con el 65% del Mercado.

La calidad del mezcal oaxaqueño es reconocida a nivel internacional por su proceso artesanal y su embotellamiento de origen, características que lo sitúan por encima del tequila; además, se cuenta con infraestructura y producción suficiente para satisfacer la demanda actual.

A partir de febrero del 2005 entró en vigor la Norma Oficial Mexicana 070-SCFI-94, con lo que se garantiza que su cultivo, producción y comercialización se dé con los mejores estándares de calidad a nivel internacional, además de contar con la Denominación de Origen que protege su producción a nivel internacional.

La Cofece indicó que la producción del mezcal, en conjunto con la del tequila, constituye la segunda actividad económica más importante en la industria de bebidas alcohólicas del país, y representa 32% de la producción bruta total.

Por ello, abundó el organismo federal, la falta de competencia en el proceso de evaluación de la conformidad para el cumplimiento de las normas podría repercutir de manera negativa en este mercado.

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Explicó que las prácticas monopólicas relativas son actos, contratos, convenios o procedimientos que realizan uno o varios agentes económicos con poder sustancial y que tienen, o pueden tener, el objeto o efecto de desplazar indebidamente a otros participantes del mercado, impedir sustancialmente su acceso, o establecer ventajas exclusivas a favor de uno o varios agentes económicos.

Indicó Cofece que ejemplos de estas prácticas son las compras o ventas atadas, exclusividades, la discriminación de precios o de trato, la elevación de los costos a otros agentes económicos y la negativa de trato, entre otras.

Advirtió, sin embargo, que esta investigación, identificada con el expediente DE-050-2019, no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente económico alguno, toda vez que hasta el momento no se han identificado, en definitiva, violaciones a la Ley Federal de Competencia Económica, ni el o los sujetos, quien(es), de ser el caso, sería(n) considerado(s) como probable(s) responsable(s) al término de esta.

El plazo para esta indagatoria es hasta de 120 días hábiles, contados a partir del 4 de marzo de 2020, fecha en que dio inicio la investigación, el cual podrá ser ampliado por el mismo lapso hasta por cuatro ocasiones.

De comprobarse la realización de una práctica monopólica relativa, el o los agentes económicos responsables podrían ser sancionados con multas de hasta el 8% de sus ingresos y la orden de suprimir la conducta.